domingo, 14 de febrero de 2010

MUESTRA DE MANIPULACIÓN POLÍTICA EN EL PODER JUDICIAL

OTRA MUESTRA DE MANIPULACIÓN POLÍTICA DE LA JUSTICIA PERUANA

General Julio Salazar Monroe fue condenado con ley derogada

La venganza contra el general en retiro Julio Salazar Monroe parece no tener límites ni final, pues acaban de salir a la luz dos nuevas aberraciones jurídicas que han sido fraguadas y perpetradas para consumar la injusticia de condenarlo a morir en la cárcel solo para satisfacer intereses políticos perversos.

Como no tienen fundamentos legales para condenarlo y encarcelarlo por haber sido jefe del extinto Servicio de Inteligencia nacional (SIN), ni para acusarlo por corrupción o por enriquecimiento ilícito, han incurrido en un aberraciones jurídicas sucesivas destinadas a imputarle asesinatos que jamás cometió ni planeó.

La más reciente aberración, revelada por el abogado del general, doctor Iván Torres Latorre, está en que la sentencia por el caso La Cantuta, aprobada por la 1ª Sala Penal Especial de la Corte de Justicia de Lima y confirmada por la 2ª Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, la cual está sustentada en una ley derogada.

Torres explicó que para poder vincular al Servicio de Inteligencia Nacional (SIN) con el llamado Grupo Colina, las dos salas han prevaricado al invocar el Decreto Legislativo 746 como prueba de que el SIN sí realizaba inteligencia militar, ya que dicho decreto le facultó a hacerlo, en 1992.

"Que en virtud del decreto legislativo 746, el Servicio de Inteligencia Nacional era el ente rector de inteligencia y allí se generaba inteligencia en el plano político, económico, psicosocial y militar, se colige que el SIN y el jefe nominal, Salazar Monroe, conocían de las operaciones de inteligencia de carácter militar, porque todas ellas eran reportadas a su jefatura", dicen ambas sentencias.

Sin embargo, resulta que ese decreto fue aprobado el 12 de noviembre de 1991 y derogado 10 de febrero de 1992, lo cual quiere decir que cuando se produjeron los asesinatos que se le imputan a Salazar el SIN no tenía ninguna injerencia en las actividades de los servicios de inteligencia militares.

Cuando se produjeron los hechos de Barrios Altos (3-Nov-1991) y de La Cantuta (16-jul-1992) estaban vigentes los Decretos Legislativos 270 y 271, los cuales establecen que el SIN no tenía injerencia en la inteligencia militar; en consecuencia, la sentencia contra Salazar es nula porque su argumento legal principal es falso.

Es sospechoso que tantos vocales superiores y supremos se hayan equivocado de manera invocando una ley derogada.

Frente a este hecho inaudito e ilegal a todas luces, la defensa del general Salazar presentó una acción de Habeas Corpus contra los vocales implicados en el presunto prevaricato, la cual fue tramitada a paso de tortuga coja y, finalmente, denegada sin razón valedera alguna, en un nuevo fallo judicial aberrante.

Habeas Corpus

El Habeas Corpus presentado por el doctor Torres La Torre fue resuelto por el juez encargado de verlo después de cinco meses y medio, o sea ¡casi medio año!. Una vergüenza más para el Poder Judicial, que seguro será minimizada por el doctor Javier Villa Stein.

El protagonista de este episodio es el magistrado Edwin Yalico Contreras, del 15º Juzgado Penal de Lima.

Como no podía ser de otra manera, Yalico ha sido quejado ante el órgano de control interno del Poder Judicial, para que se le sancione como corresponde, aunque lo más probable es que la cúpula politizada de ese poder lo salve y lo premie.

El caso es escandaloso porque un Habeas Corpus es sumario, debe ser resuelto en 24 o 48 horas, por ser una acción que cautela los derechos fundamentales de los ciudadanos frente a los casos de abuso de autoridad.

Cuando el recurrente ha sido privado de su libertad por la autoridad impugnada el juez está obligado a resolver el Habeas Corpus con mayor rapidez. En el caso del general Salazar, quien lleva siete años preso, no ha sido así, lo cual agrava la violación.

El abogado del general Salazar ha apelado a la resolución de Yalico ante la Corte Superior de Justicia de Lima, la cual deberá derivar el caso a un tribunal para que éste lo resuelva. ¿Veremos el milagro de que se haga justicia sin política?

Derechos violentados

El Habeas Corpus fue presentado el 30 de julio del año pasado, contra la 1ª Sala Penal de la Corte de Justicia de Lima, que preside Inés Villa Bonilla, y contra los miembros de la 2ª Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema: Héctor Ponce de Mier, Julio Biaggi Gómez, Elvia Barrios Alvarado, José Neyra Flores y Jorge Calderón Castillo.

Ellos han sido denunciados por haber condenado a Salazar sin pruebas, ni testigos, ni motivos razonables que lleven a la convicción certera de que es autor mediato de los asesinatos que cometió el Grupo Colina en los casos Barrios Altos y La Cantuta, en 1991 y 1992, respectivamente.

Al haber actuado de esa manera, los magistrados han vulnerado los siguientes derechos fundamentales: al debido proceso, la defensa, la presunción de inocencia, la tutela procesal efectiva y la motivación debida de las resoluciones judiciales.

Las vocales Villa, Inés Tello e Hilda Piedra condenaron a Salazar a 35 años de cárcel, mientras que Ponce de Mier, Biaggi, Barrios, Neyra y Calderón le impusieron 25 años sin derecho a beneficios penitenciarios, lo cual equivale a condenarlo a morir en prisión tratándose de un anciano de 75 años.

Durante el juicio oral, tal como consta en el expediente respectivo, desfilaron más de 40 testigos y más de 30 co-procesados, sin que ninguno de ellos vinculara a Salazar con el Grupo Colina, ninguno lo mencionó o aludió, más bien declararon que el ex jefe del SIN fue ajeno a Colina.

Tampoco existe ningún documento que involucre a Salazar. Lo único que ha presentado el fiscal es un oficio en el que el procesado le sugirió al presidente de la república que felicite a los miembros del Grupo de Análisis de Inteligencia que estudió documentos de Sendero Luminosos capturados por la policía antiterrorista en 1991.

La Fiscalía ha sostenido que ambos grupos son lo mismo, pero no lo ha probado, pues solo la mitad de los miembros del Grupo de Análisis ha sido acusada de participar en las acciones de Colina, mientras que la otra mitad es totalmente ajena.

Pese a la ausencia de pruebas, indicios y testimonios, los miembros de los dos tribunales denunciados declararon culpable al general Salazar a partir de una mera suposición que dice: "tenía que saber porque era jefe del SIN".

Esta apreciación es absurda porque el SIN era un organismo dedicado a la inteligencia estratégica y no tenía ninguna vinculación directa con el Servicio de inteligencia del Ejército (SIE), al que pertenecieron los integrantes del grupo Colina.

Es como si actualmente un grupo del SIE cometiera un crimen y se quisiera culpar de ese hecho al jefe de la Dirección Nacional de Inteligencia (DINI), que es una entidad totalmente ajena al ejército. Lo mismo era el SIN en 1991 y 1992.

Ensañamiento

Pero este no es el único caso de persecución política judicial contra Salazar Monroe, ya que también se le quiere condenar como "autor mediato" de secuestro, por la detención ilegal de un grupo de políticos registrada el 5 de abril de 1992.

Lo cierto es que esos políticos fueron retenidos pocas horas o pocos días en unidades militares ajenas al SIN, como el base aérea Las Palmas, de la Fuerza Aérea del Perú, y el buque de la armada "Aguirre", de la Marina de Guerra del Perú.

La defensa de Salazar ha presentado un Habeas Corpus contra la jueza Magaly Báscones ante el Tribunal Constitucional, por haber resuelto que el general Salazar debe ser sometido a juicio oral por dicho caso.

Hace unos días se celebró una audiencia pública en la que los abogados de las partes - el defensor del inculpado y un procurador del Poder Judicial - presentaron sus alegatos respectivos ante el pleno del TC.

El abogado Torres señaló que su patrocinado fue convocado por el presidente de la republica a una reunión el 3 de abril de 1992, en la casa del entonces jefe del ejército, a la que acudió en su calidad de jefe del SIN, pero aclaró que no fue él quien tomó la decisión de hacer las detenciones, ni tampoco se le encargó ejecutarlas.

Al final de los alegatos, los magistrados hicieron preguntas a los abogados. Un magistrado le preguntó al procurador del Poder Judicial por qué éste muestra tanto interés en condenar al general, a lo que el funcionario respondió: "en realidad estamos frente a un tema complejo que es político…". El pez por la boca muere.

El pleno del TC ha dejado al voto el Habeas Corpus presentado por la defensa del general Salazar Monroe, la cual espera que esta vez se le haga justicia a su patrocinado y que se acaben las sentencias manipuladas con fines políticos.

Por Víctor Alberto Robles Sosa. Periodista y Director Ejecutivo del Instituto Paz, Democracia y Desarrollo (Ipades)

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